Regulación de los patinetes eléctricos por la DGT

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Regulación de los patinetes eléctricos por la DGT

 

Seguimos estando en una nube de incertidumbre… Desde la DGT informan que no es necesario el uso de un carnet especial para su conducción, pero la falta de regulación de este tipo de vehículo esta preocupando seriamente a los ayuntamientos de las diferentes localidades.

Sí que es cierto que se ha publicado desde la DGT una normativa de circulación, y que se pondrá a pleno rendimiento a partir de Septiembre (con multas incluidas), pero se pretende mejorar la colaboración ciudadana en cuanto al uso de estos vehículos y su coexistencia con otros vehículos y peatones para aumentar la seguridad de todos los usuarios, marcando las diferentes normas desde cada ayuntamiento.

Por el momento, podemos encontrarnos diferentes normas de circulación dependiendo de las diferentes localidades y de la regulación que impone su ayuntamiento, podemos encontrarnos desde impedir circular por la calzada, hasta incluso no permitir que circulen más que por los carriles habilitados para bicis y VMP (vehículos de movilidad personal).

Desde la DGT se han propuesto ciertos criterios a tener en cuenta por todos los ayuntamientos que priorizan la conservación de la seguridad por encima de todo y el control de cuestiones técnicas. Lo que se marca de forma clara para todos los municipios es la consideración de los patinetes eléctricos como un vehículo y no se puede asimilar como un peatón, por ello existe la necesidad de que un patinete no comparta las aceras con los peatones y recomiendan el uso de la calzada (pero luego está la última decisión del ayuntamiento que marca si lo permite o no).

La DGT marca claramente la posibilidad de circular de forma permanente por la calzada a los patinetes eléctricos, salvo que la autoridad municipal lo prohíba, aunque no se debe ni se puede equiparar a un vehículo de motor.

Por la parte del conductor, se mantiene la carencia de permiso de circulación  pero tenemos que ser cautelosos con las normas impuestas por el ayuntamiento en cuanto a los requisitos técnicos, aunque se está teniendo en consideración el imponer un carnet de conducción específico que ya se está utilizando en otros países con el fin de marcar ciertas normas claras de circulación y aumentar la seguridad de los usuarios y peatones. Además, no se requiere de la adquisición de seguro para el uso del VMP (aunque ya hay aseguradoras que lo ofrecen). Por el momento no hay nada oficial, son ideas que se están barajando y que conforme vayan informando iremos actualizando en nuestra página.

Por todo esto, os recomendamos que os informéis en cada comunidad autónoma de la regulación impuesta por el ayuntamiento, y tener muy presente que sí que van a marcar desde la DGT un consenso en cuanto a limitación de velocidad máxima o a normas concretas como el uso de casco.

Nosotros os mantendremos informados con las últimas novedades.

También podéis informaros en los siguientes contactos.

https://www.cdrecambios.es/

 

 

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