Circular con un patinete eléctrico.

960 039 515

Llámanos

info@cdmantenimientointegral.es

Escríbenos

Pintor Sorolla, 57 – Moncada, VLC

Pásate a vernos

Circular con un patinete eléctrico.

Debido a la gran repercusión que ha tenido el patinete eléctrico y las grandes aglomeraciones de ellos en las principales ciudades españolas, la Dirección General de Tráfico ha decidido implantar una serie de normas para circular con los VMP.

Un VMP es un vehículo de una o más ruedas, de una sola plaza y propulsado por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima de 6 a 25 km/h. Por lo tanto, los que no aplican estas normas son:

  • Los vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
  • Los destinados a personas con movilidad reducida
  • Los que han sido creados para competición.
  • Los incluidos en el ámbito del Reglamento de la UE: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas, etc.

LO NECESARIO PARA CIRCULAR CON UN VEHÍCULO VMP:

Según la DGT para circular con un VMP no es necesario un seguro, el uso del casco es obligatorio en zonas urbanas y no es necesaria una autorización ni documentación de conducción, por lo que no se puede sancionar a una persona que ha cometido una infracción con la retirada de puntos.

SANCIONES:

  • Conducir bajo efectos de drogas o alcohol: Es obligatorio someterse a estas pruebas, la multa varía entre los 500 y 1.000€ dependiendo de la tasa de alcohol, en caso de drogas la multa es de 1.000€ y se inmoviliza el vehículo.
  • Uso del móvil u otro sistema de comunicación manual: La conducción mientras se usa un sistema de comunicación manual esta prohibida y la sanción es de 200€.
  • Uso de cascos o auriculares: La sanción por el uso de reproductores de sonido mientras circulas con un VMP es de 200€.
  • Uso obligatorio del casco u otro elemento de protección: El uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que sea el uso obligatorio de casco, se sancionará con 200€.
  • Circular por aceras y zonas peatonales: Sanción de 200 €, con las matizaciones que puedan establecer las Ordenanzas Municipales.
  • Circular dos personas o más con un mismo VMP: Sanción de 100€.
  • Conducir de noche sin luz o prendas elementos reflectantes: La sanción es de 200€.

En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

VEHÍCULOS MANIPULADOS:

La DGT advierte que es importante fijarse en las características del aparato, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y a la potencia del mismo.

Dichos vehículos no pueden circular por las vías objeto de regulación y a sus conductores se les denunciará  con una sanción de 500 € y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo.

Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Abrir chat
1
¿Alguna duda?
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?
Ir al contenido